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Supremo de PR facilita que personas privadas difamadas puedan recobrar daños

Supremo de PR facilita que personas privadas difamadas puedan recobrar daños
El Tribunal Supremo de Puerto Rico estableció nuevos parámetros que facilitan que personas privadas difamadas puedan recobrar daños, en una decisión que generó debate sobre su compatibilidad con las garantías constitucionales federales de libertad de expresión y prensa. El fallo, emitido el 3 de junio de 2026, fue aprobado por votación de 7 a 1, con la opinión redactada por el juez asociado Rafael Martínez Torres; la presidenta Maite Oronoz Rodríguez no intervino. El caso surgió de una demanda iniciada en mayo de 2017 por el matrimonio de Eduardo Oscar Cora Colón y María de los Ángeles Hernández Vera, quienes alegaron haber sido difamados entre julio de 2015 y mayo de 2016 en tres historias publicadas por El Nuevo Día, cuya empresa editora es GFR Media LLC.

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