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Junta de Control Fiscal aprueba exención del CRIM para propiedades bajo Sección 8

Junta de Control Fiscal aprueba exención del CRIM para propiedades bajo Sección 8
La Junta de Control Fiscal autorizó la exención del pago de contribuciones al CRIM para propiedades que operan bajo la Sección 8 de la Ley Nacional de Hogares. El director ejecutivo de la Junta, Robert Mujica, comunicó la decisión en una carta enviada a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (Aafaf) el martes pasado. Mujica explicó que, tras reexaminar la Ley 37 del 2024 y su impacto fiscal, determinó que el estatuto —firmado en enero de 2024 pero nunca implementado— viabiliza el restablecimiento de exenciones contributivas sobre la propiedad que existían previamente bajo la Ley 83-1991.

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