TRIBUNALES

Supremo: cláusulas de no competencia aplican a proveedores de educación especial

Supremo: cláusulas de no competencia aplican a proveedores de educación especial
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió, en una decisión dividida 5-4 del 28 de mayo de 2026, que los profesionales de la salud que atienden a estudiantes de educación especial no pueden continuar atendiendo a sus pacientes tras terminar su relación con las empresas proveedoras de servicios, debido a cláusulas de no competencia. El fallo establece que el estudiante, a modo de cliente, le pertenece a la empresa proveedora y no al profesional que lo atiende directamente. Aunque el caso se originó entre partes privadas sin participación del Departamento de Educación, la decisión podría tener ramificaciones en el ámbito de los contratos públicos. La diferencia principal entre los jueces de la mayoría y los cuatro disidentes giró en torno al impacto que esta nueva norma tendrá sobre la población de educación especial.

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